Las Cuatro Maneras De Tramitar
La Ciudadanía Italiana
La transmisión de la ciudadanía Italiana es via jure sanguinis, no prevé límite de generación y no permite saltos generacionales
Por via Paterna …
El Italiano nacido en Italia no nacionalizado da derecho a:
La mujer italiana o descendiente de italianos da derecho de nacionalidad a:
Esta ciudadanía se transmite de Padres a Hijos sin saltos documentales de generaciones.
Es importante destacar que en caso de hallarse mujeres en la cadena generacional, las mismas solo podrán transmitir derecho a los Hijos nacidos a partir del 01-01-1948 solamente y es transmisible a su descendencia.
El cónyuge tiene derecho a la ciudadanía italiana por Matrimonio si el otro Cónyuge es ciudadano italiano o descendiente con nacionalidad otorgada.-
Si el matrimonio fue contraído antes del 27/04/1983 y el interesado es la mujer, la nacionalidad es directa. Si es hombre va por naturalización.
Para todos los matrimonios contraídos a partir del 27/04/1983 sea para el hombre o la mujer, va por naturalización.
Para los casos de naturalización deben tener 1 y ½ años de matrimonio contraído o tres años según los casos.-
El solicitante puede tramitar la ciudadanía italiana por Matrimonio únicamente si éste estuviera vigente.
Según el País y Consulado en el cual se realice el tramite varían sensiblemente los requisitos.
Escriba sus inquietudes a tuciudadania@gmail.com
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